El expresidente Leonel Fernández podría presentarse como candidato presidencial por otros partidos políticos para las elecciones del 2020 dado que la Ley lo que prohíbe es a los candidatos no a los precandidatos que hayan participado en los procesos de votación.
Si el expresidente de la República pierde la batalla legal que inició contra la Junta Central Electoral (JCE) por alegadas irregularidades en las primarias del pasado domingo en las que Gonzalo Castillo lo aventaja por 26 mil votos, tiene hasta el último domingo este mes para inscribir su candidatura presidencial por uno o varios partidos políticos. Según el resultado de las votaciones Fernández obtuvo casi 900 mil votos.
Si el expresidente de la República pierde la batalla legal que inició contra la Junta Central Electoral (JCE) por alegadas irregularidades en las primarias del pasado domingo en las que Gonzalo Castillo lo aventaja por 26 mil votos, tiene hasta el último domingo este mes para inscribir su candidatura presidencial por uno o varios partidos políticos. Según el resultado de las votaciones Fernández obtuvo casi 900 mil votos.
Según el presidente del Bloque Institucional Socialdemócrata (BIS) y aliado de Fernández, José Francisco Peña Guaba, el político puede inscribirse porque la ley no se lo prohíbe.
Apuntó que el artículo 134 de la Ley Electoral señala que “las personas que hayan sido nominadas para ser postuladas por un partido, agrupación, movimiento político o alianza a la cual pertenezca el mismo, a un cargo de elección, no podrán ser postuladas por ningún otro partido, agrupación o movimiento político o alianza, en el mismo proceso electoral”.
En tanto, el numeral 4 del artículo 49 de la Ley de Partidos establece que el aspirante a una precandidatura para un determinado evento electoral, en representación de un partido, agrupación o movimiento político no haya participado como candidato por otro partido, agrupación o movimiento político para el mismo evento electoral”.
“Concluimos que todos aquellos aspirantes que no hayan obtenido mayoría de votos en las primaras ya sea del Partido de la Liberación Dominicana o del Partido Revolucionario Moderno o en defecto todo aquel que no haya sido electo como candidato por cualquier otra metodología interna a cualquier cargo de elección puede optar para una candidatura por cualquier otro partido político”, señaló en un análisis legal sobre el tema.
Según la Ley de Partidos 33/18 en su artículo 52 los partidos que no hicieron primarias para inscribir ante la JCE los candidatos electos en modalidades distintas a las primarias y debe hacerse a más tardar 15 después de las asambleas o convenciones. Algunas organizaciones ya iniciaron ese proceso como el caso del Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
Mientras que otras organizaciones ya empezaron a hacer las convocatorias a los fines de escoger los candidatos para las elecciones a todos los niveles del próximo año.
Los requisitos para ser candidato presidencial
El artículo 123 de la Constitución establece que para aspirar a ser presidente de la República se requiere ser dominicano, haber cumplido 30 años de edad, estar en pleno ejercicio de los derechos políticos y civiles y no estar en el servicio militar o policial activo por lo menos durante los tres años previos a las elecciones presidenciales. La Ley de Partidos y la Ley Electoral establecen otros requisitos para optar por una candidatura.