El juez en funciones del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, José Alejandro Vargas, expresó ayer que nunca se produjeron los archivos definitivos en favor de ocho de los encartados en el caso Odebrecht, dejando la posibilidad al Ministerio Público de reactivar las investigaciones del presunto soborno que la empresa admitió pagó para ser favorecida con las obras del Estado.
Tras declarar inadmisible el recurso de objeción en contra del archivo definitivo a favor de siete de los ocho investigados en el caso Odebrecht, Vargas alegó que no existe tal archivo debido a que los mismos no fueron notificados en el plazo que estipula la ley a las partes querellantes.
“Estos archivos lo que hizo el Ministerio Público fue hacer su oficio, manifestar su intención pero al no notificarla en el plazo que dice la ley a una parte querellante entonces lógicamente los archivos quedan sin eficacia jurídica y por eso el juez entiende que no tiene que anular archivo ni apoderarse de oficio”, acotó en su decisión el tribunal.
Vargas consideró que si el Ministerio Público fuera ahora a notificarle los archivos a los investigados en el caso tampoco tendrían valor, ya que los archivos fueron firmados por otras autoridades que ya no están, refiriéndose al exprocurador Jean Alain Rodríguez y Narciso Escaño Martínez, que fungió como titular interino de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).
Faltó notificación
Sostuvo que los archivos definitivos debieron ser notificados a Manuel Jiménez, actual alcalde de Santo Domingo Este, quien en el 2016 se querelló en la Fiscalía del Distrito Nacional en contra de Ángel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Marcelo Hofke y la empresa Odebrecht, el 13 de febrero de 2017, a través de los abogados Manuel Sierra, Rigoberto Rosario y Daniel Izquierdo.
Expresó que cuando se estaba conociendo el acuerdo arribado entre la Procuraduría General de la República y la constructora Odebrecht, el mismo querellante depositó una instancia recusando al juez del Tercer Juzgado de la Instrucción, apoderado del caso, quien envió la instancia por ante la Corte de Apelación del Distrito Nacional. “Eso quiere decir que a ese ciudadano se le reconoció que es parte ya del proceso. Eso lo conocía el Ministerio Público”, apuntó Vargas.
El juez recordó que cuando se iba a conocer la medida de coerción a varios de los imputados por ante la Suprema Corte de Justicia, Jiménez trató de intervenir, pero no se le permitió la participación, recusando al juez y depositando la querella que había interpuesto en la Fiscalía pero ampliada y tampoco se le permitió ser parte del proceso, conociendo la Suprema la recusación en contra del juez, lo que quiere decir que le reconoció la calidad de querellante. Vargas, en su decisión también esbozó el motivo por el cual decidió declarar la inadmisibilidad del recurso de objeción interpuesto contra los archivos definitivos por la Fundación Alianza Ciudadana, representada por la abogada Evelyn Torres.
El juez alegó que la Fundación Alianza Ciudadana no cumplió con lo requerido y no es parte del proceso, debido a que no denunció el hecho de supuesto acto de corrupción, ni tampoco se querelló en contra de los investigados.
Los archivos definitivos fueron dictados a favor del presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco; Temístocles Montás, Julio César Valentín, Rudy González, César Sánchez, Bernardo Castellanos, Máximo de Óleo y Radhamés Segura, un año y tres meses después de que el entonces procurador Alain Rodríguez, emitiera el auto del archivo provisional en favor de los encartados.