La nueva Ley Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana introduce un marco legal más estricto para castigar las estafas piramidales, un tipo de fraude que ha afectado a miles de personas en los últimos años.
Según el Artículo 241, se considera estafa piramidal todo esquema de negocio fraudulento donde los responsables reclutan personas para que entreguen dinero o activos digitales , como criptomonedas, tokens, NFT o documentos con valor financiero a cambio de promesas falsas de inversión, sin respaldo real ni autorización legal.
La estafa piramidal será castigada con penas de cinco a diez años de prisión mayor, además de una multa de una a veinte veces el monto involucrado.
La misma ley establece agravantes que elevan la pena a diez a veinte años de prisión cuando el delito lo comete una persona con autoridad pública o vinculada a un servicio público, si utilizan medios de comunicación tradicionales o digitales para promover el esquema.
También cuando las víctimas son personas vulnerables, por su edad, sexo, condición física o mental, o embarazo, si participan varias personas como autores o cómplices, aunque no formen una asociación formal y si el monto estafado sea igual o superior a cien salarios mínimos del sector público.
Además, los responsables quedarán inhabilitados por 10 años para ejercer actividades comerciales o de inversión.
El Artículo 242 también penaliza a los cómplices, como promotores o corredores, con penas de tres a cinco años de prisión menor y multas de cincuenta a quinientos salarios mínimos.
Finalmente, el Artículo 243 establece sanciones para quienes ejerzan intermediación financiera sin autorización legal, reforzando el control estatal sobre las actividades financieras ilícitas.
Con estas disposiciones, el nuevo Código Penal busca proteger a los ciudadanos y garantizar mayor seguridad en las operaciones económicas y financieras del país.