El Ministerio de Interior y Policía anunció la extensión de la vigencia de las licencias de porte y tenencia de armas de fuego de personas físicas y jurídicas, y de comercialización, cuya fecha de vencimiento esté comprendida entre el primero de septiembre y el 31 de diciembre del recién finalizado año 2020.
La decisión del organismo está contenida en la resolución 179-2020, la cual establece además que la medida se adoptó debido al cúmulo de expedientes encontrados de la gestión pasada, más las limitaciones laborales que ha provocado la pandemia, lo que ha obligado a reducir el personal que realizaba las diferentes labores en la Dirección de Armas.
La resolución 179-2020 también indica que para las licencias de armas con fecha de vencimiento comprendido entre el primero de septiembre y el 30 del mismo mes del año 2020, la extensión de la vigencia otorgada será hasta el 31 de enero del 2021
Asimismo, las de armas vencidas entre el periodo comprendido entre el primero de octubre hasta el día 31 del mismo mes del año 2020, la vigencia será hasta el 10 de febrero del 2021.
Mientras que las vencidas entre el periodo comprendido del día primero de noviembre al día 30 del mismo mes del año 2020, la vigencia será hasta el 20 de febrero de este año.
A su vez, las licencias vencidas que corresponden al periodo comprendido entre el primero diciembre al día 30 del mismo mes del año 2020, la vigencia será hasta el 3 de marzo del 2021.
Interior y Policía informó que las personas que hayan iniciado su proceso de renovación con anterioridad a la presente resolución 179-2020, podrán consultar el estatus de su solicitud marcando *788.