La Junta Central Electoral (JCE) emitió la Resolución No. 15-2025, en la que dispone la ejecución de la Sentencia TSE/0010/2025, dictada por el Tribunal Superior Electoral (TSE), y establece la categorización de las organizaciones políticas con miras al financiamiento público y el orden numérico que ocuparán en las boletas electorales para las elecciones ordinarias generales del año 2028.
La resolución fue adoptada por el Pleno de la JCE, integrado por Román Andrés Jáquez Liranzo, presidente; Dolores Altagracia Fernández Sánchez, Samir Rafael Chami Isa, Hirayda Marcelle Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises, miembros titulares, con la certificación del secretario general Sonne Beltré Ramírez.
Con base en la Constitución de la República Dominicana, la Ley Orgánica del Régimen Electoral No. 20-23 y la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la JCE ejecuta lo dispuesto por el TSE en relación con la interpretación del término “última elección”, ampliando su alcance a todo el ciclo electoral del año 2024, tanto municipal como nacional, para efectos de distribución de fondos y orden en las boletas.
La resolución también establece el orden que ocuparán las organizaciones políticas en las boletas electorales de las elecciones municipales del 20 de febrero y presidenciales, senatoriales y de diputaciones del 21 de mayo de 2028. Este orden se determinó con base en los votos obtenidos durante las elecciones de 2024 y la antigüedad del reconocimiento legal de los partidos.
Les siguen, en orden descendente de votación y reconocimiento, partidos como DxC, País Posible, BIS, PUN, JS, ALPAÍS, entre otros, hasta completar un total de 34 organizaciones con número asignado. Los movimientos políticos, cuyo reconocimiento es posterior o limitado a una demarcación territorial, recibirán su número una vez concluido el proceso de validación.
En esta resolución también se ratifica la disolución de la personería jurídica del Partido Patria Para Todos y Todas (PPT) y el Movimiento Juventud Presente (MJP), por no alcanzar el umbral mínimo de votos o representación establecido por la ley.
La resolución será publicada en la tablilla de publicaciones y en la página web de la Junta Central Electoral, y comunicada formalmente a todas las organizaciones políticas reconocidas, así como a las juntas electorales y oficinas correspondientes en el exterior.
Con esta medida, la JCE reafirma su compromiso con la transparencia, la legalidad electoral y la equidad en la distribución de fondos públicos, conforme a los principios establecidos en la Constitución y las leyes dominicanas.