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Ministerio de Trabajo recuerda a empleadores presentar antes del 15 de enero planilla del personal fijo

Redacción Por Redacción
29 de diciembre de 2020
en Nacionales
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Ministerio de Trabajo recuerda a empleadores presentar antes del 15 de enero planilla del personal fijo

El Ministerio de Trabajo recordó este martes a todos los empleadores presentar ante la Dirección General de Trabajo (DGT) la planilla del personal que emplee con carácter fijo por tiempo indefinido dentro de los primeros quince días de este año.

De igual manera, dijo que las planillas de personal fijo se renovarán anualmente y se depositarán ante la DGT a más tardar el día 15 de enero, de acuerdo a lo establecido en el artículo 15 del reglamento 258-93, para la aplicación del Código de Trabajo.

El documento debe ser registrado a través de la siguiente dirección electrónica https://sirla.mt.gob.do, procediendo a registrar sus trabajadores en el establecimiento en que esté prestando sus servicios y una vez estén seguros de que las informaciones contenidas en la planilla estén correctas, deberán proceder a realizar el pago correspondiente por medio de una de estas dos vías: a) realizar una transacción electrónica con tarjeta de crédito o de débito, b) adquirir un PIN en una de nuestras Representaciones Locales de Trabajo y proceder con el registro definitivo.

Para los nuevos registros el procedimiento es el siguiente:

Primero: deben ingresar a la siguiente dirección https: //sirla.mt.gob.do, presionar la opción ingresar para crear el usuario.

Segundo: una vez creado el usuario, siguiendo los pasos del sistema, completará los datos de la empresa y establecimiento.

Tercero: finalizado todo el registro de los trabajadores y completado su DGT-3, el mismo le generará una factura con un monto a pagar.

Cuarto: finalmente realizar el pago mediante una de estas opciones: a) realizar una transacción electrónica con tarjeta de crédito o de débito; b) adquirir un PIN en una de nuestras Representaciones Locales de Trabajo y proceder con el registro definitivo.

Transcurrido el plazo de los primeros quince días de enero sin que el empleador haya cumplido con este mandato legal, será susceptible de las sanciones penal laboral contempladas en el Código de Trabajo.

Para mayor información deben descargar el instructivo de registro del DGT-3 en sirla.mt.gob.do, o llamar a los números 809-535-4404 Exts. 3051 a la 3058,  3005 y 3512.

Etiqueta: EmpleadoresMinisterio de Trabajo
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